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28 marzo, 2024
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Los órganos electos de la UMA se limitan a dos mandatos

La Junta de Andalucía ha dado luz verde a los Estatutos de la UMA que regularan entre otros, el cargo de rector a dos mandatos.

La Junta de Andalucía ha dado luz verde a los Estatutos de la Universidad de Málaga. La nueva legislación plantea como principales novedades la limitación de los cargos de los organismos electos a dos mandatos. Esta normativa fue aprobada el pasado 20 de febrero de 2018 por el Claustro malagueño y entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el BOJA.

Los nuevos Estatutos se componen de 191 artículos, los cuales están repartidos en un título preliminar y seis títulos de desarrollo, así como 19 disposiciones adicionales, tres disposiciones transitorias y tres disposiciones finales. Finalmente se añade una disposición derogatoria única para derogar el Decreto 145/2003, de 3 de junio, que contienen los actuales Estatutos.

Se suma además como novedades respecto al texto anterior la adaptación de la nueva reforma a las actuales legislaciones nacionales y autonómicas, siguiendo las normativas de universidades, tecnología e innovación. Asimismo, la nueva normativa también marca especial atención al respeto al principio de igualdad, buscando alcanzar una igualdad real y efectiva entre hombres y mujeres, incluyendo la creación de la Unidad de Igualdad de Género.

Dos mandatos para una mayor calidad democrática

Los nuevos Estatutos, que entraran en vigor en cuanto se publiquen en el BOJA, destacan entre sus medidas por la limitación de mandatos de los órganos unipersonales electos a dos únicos mandatos, como puede ser el cargo de rector o rectora. Esta medida persigue regular los órganos de Gobierno sumándoles mayor calidad democrática. Además se persigue un mejor control de las garantías de los servicios públicos, como el Defensor Universitario, la Inspección de Servicios, el Consejo de estudiantes, la Junta Electoral y el Comité de Conflictos y Riesgos Psicosociales. También se regula la elección por sufragio universal de los decanos y directores de cada uno de los centros.

En materia del Personal de Administración y Servicios (PAS), la nueva legislación amplía la representación de este colectivo en todos los órganos de gobierno de carácter colegiado. en cuanto a investigación, la normativa regula la creación de nuevas estructuras para el desarrollo de esta labor, como la Escuela de Doctorado, los Institutos Universitarios y las Empresas de Base Tecnológica. También se regula la docencia y el estudio, así como se regula la investigación y transferencia del conocimiento y se adaptan las categorías del profesorado universitario a la nueva legislación vigente (Ley de Ciencia, Tecnología e Investigación).

Finalmente, en materia económica se incorporan principios y procedimientos propios de la administración electrónica en el modelo de gestión, se amplían las competencias del Claustro, el Consejo de Gobierno, las Juntas de Centros, y los Consejos de los Departamentos. En relación a este cambio, además, se adaptan y amplían las funciones de decanos, directores de centro y directores de departamentos universitarios, así como que se amplía el número de comisiones que emanan del Consejo de Gobierno y garantizan la participación de la comunidad universitaria en todos los ámbitos de actuación de la Universidad de Málaga.


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