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30 abril, 2025
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¿Cómo te afecta la nueva legislación de prácticas académicas?

nueva legislación de prácticas académicas

Durante las vacaciones de Navidad se ha presentado y aprobado un Real Decreto que afecta de lleno a los estudiantes e instituciones que ofertan prácticas. El pasado 28 de diciembre , el Gobierno aprobó el Real Decreto 28/2018 que busca revalorizar las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo. Bajo este nombre se recoge un paquete de medidas enfocado a mejorar las condiciones laborales y sociales de los trabajadores españoles, así como desarrollar acciones en materia de pensiones.

Entre los múltiples puntos que trata esta nueva legislación destaca la disposición adicional quinta, dedicada a los estudiantes que realizan prácticas en empresas. Durante los últimos años de grado, así como durante el máster, son multitud los estudiantes que llevan a cabo prácticas ya sea de forma voluntaria (prácticas extracurriculares) u obligatorias (prácticas curriculares). De este tipo de formación destacan las irregularidades que se venían llevando a cabo por algunas empresas que buscaban sustituir a profesionales por estudiantes, pues estos últimos tenían un menor coste económico. Para hacer frente a esta situación el Gobierno central ha dispuesto esta legislación con vistas a incluir a todos los estudiantes en el sistema de la Seguridad Social.

Hasta aquí todo parecía correcto, pero estas medidas no han contando con los principales afectados, los cuales han querido mostrar su descontento por la falta de diálogo. Es así como, por parte de la Coordinadora de Representantes de Estudiantes de Universidades Públicas (CREUP) se ha emitido un comunicado en el que solicita «de manera inmediata un diálogo para establecer una hoja de ruta ante el cambio de sistema de regulación de las prácticas académicas externas».

En esta línea se han situado también los rectores y rectoras de las Universidades españolas, quienes a través de la CRUE Universidades Españolas han señalado como «la aprobación sorpresiva del Real Decreto ley 28/2018 puede suponer una disminución del número de prácticas ofertadas a los estudiantes por las empresas e instituciones y un quebranto económico y de gestión para las universidades».

Puntos a favor de la nueva legislación

Tanto la CREUP como la CRUE Universidades Españolas señalan el beneficio de esta nueva legislación en la puesta en valor de las prácticas académicas, celebrando que estas computen a los estudiantes como período de cotización a la Seguridad Social.

De este modo, tal y como señala el Real Decreto, las personas que realicen prácticas, ya sean universitarias o de Formación Profesional, pasarían a estar incluidas en el sistema de la Seguridad Social. En concreto, los nuevos trabajadores estarían asimilados como «trabajadores por cuenta ajena», con exclusión de la protección por desempleo, salvo que la práctica o formación se realice a bordo de embarcaciones marítimas.

Es así como la aplicación de esta norma conllevaría a las empresas o entidades públicas a dar de alta a los estudiantes, repercutiendo el tiempo trabajado en la vida laboral de los ya trabajadores en prácticas.

Puntos en contra del RD 28/2018

Tal y como señalan desde la CREUP «la nueva reforma trastoca el modelo actual de prácticas, lo que supone una necesidad de cuantificar la inversión requerida para poder implementarla». Esto es debido a que el Real Decreto no contempla quién se hará cargo del importe de las cuantías, quedando este bajo la posibilidad de convenio entre las universidades y las entidades colaboradoras, ya sean públicas o privadas.

Desde la CRUE Universidades Españolas exponen además como el Gobierno no ha tenido en cuenta los diferentes tipos de prácticas que se pueden realizar y sus repercusiones en materia fiscal. Así, hasta ahora, la inclusión de las prácticas académicas externas en la Seguridad Social se diferenciaban en:

  • Prácticas curriculares
    • No remuneradas , sin alta en Seguridad Social. Estas prácticas entran dentro del plan de estudios de cada alumno, siendo de obligado cumplimiento para la obtención del título.
    • Remuneradas, con alta en Seguridad Social (bonificadas al 100%). Al igual que las anteriores son de obligado cumplimiento, aunque los estudiantes sí pueden percibir alguna remuneración a cargo de la empresa o de la universidad.
  • Prácticas extracurriculares
    • No remuneradas, sin alta en Seguridad Social. Se trata de prácticas voluntarias que el estudiante realiza bajo acuerdo entre la empresa y la universidad, no percibiendo retribución por ellas.
    • Remuneradas, con alta en Seguridad Social. Son voluntarias y se realizan bajo acuerdo con la universidad, pudiendo percibir remuneración por ellas.

Los rectores critican de este modo que el Gobierno no haga distinción de cada tipo de prácticas en su Real Decreto, dejando de lado que «ambas tienen un carácter radicalmente distinto, sean o no remuneradas». Asimismo, la organización señala su «gran preocupación por las posibles repercusiones de esta disposición, así como su malestar por no haber tenido conocimiento de la misma previo a su publicación en el BOE».

Principales problemas del RD 28/2018

El principal inconveniente que plantea el Real Decreto 28/2018 viene por la falta de desglose económico en el mismo, donde se especifique quiénes serían los encargados de asumir los costes de las altas en la Seguridad Social. Es así como desde la CRUE Universidades Españolas especifican que esta nueva medida puede «acarrear un grave problema económico, difícilmente asumible para las universidades, que se añadiría al actual déficit estructural de la financiación universitaria», pues las instituciones académicas ya dedican más de 100 millones de euros de sus propios presupuestos para ayudar a estudiantes con problemas económicos.

Asimismo se añade la posibilidad de que la oferta de prácticas disminuya debido a que ni las empresas ni las propias universidades puedan asumir los costes de las altas en la Seguridad Social, lo que supondría «la discriminación en la formación de estudiantes de títulos profesionalizantes y no profesionalizantes, y una importante carga de gestión añadida en los servicios de prácticas de las universidades».

Junto a estas críticas se suma que la norma no contempla las prácticas académicas externas de los estudios de formación permanente de las universidades, los cuales cada vez cobran mayor importancia.

La falta de diálogo podría retrasar la aplicación

Entre las peticiones que presentan tanto desde la CREUP como desde la organización de rectores, se reclama al Gobierno la creación de una mesa de diálogo donde estén presentes los diferentes representantes académicos.

En concreto desde la CRUE Universidades Españolas se reclama que esta mesa de diálogo aborde temas como la diferencia entre las prácticas curriculares y extracurriculares o la bonificación del 100% para todas ellas. También se señala como necesario el establecimiento de un procedimiento de alta simplificado y automatizado a la Seguridad Social para los estudiantes que realicen prácticas con bonificación, con el objetivo de facilitar la nueva gestión que tendrían que asumir las universidades y las entidades colaboradoras. Finalmente, entre sus peticiones, se señala la necesidad de incorporar de forma urgente personal experto en gestión laboral a los servicios universitarios de empleo y prácticas que hagan frente a las nuevas medidas.

Por su parte, desde la coordinadora estudiantil se especifica la necesidad de establecer «un tiempo prudencial desde la aprobación hasta su aplicación para poder proceder a la reorganización eficiente del sistema y asegurar la inversión necesaria para que no se vea mermada la oferta de prácticas». Además de añadir la posibilidad en la legislación de contemplar en las altas las coberturas ante el desempleo o la baja.

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