El Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i ya ha abierto el plazo para la convocatoria de Ayudas para contratos Ramón y Cajal, hasta el próximo 14 de enero. El principal objetivo es el de promover la incorporación de investigadores nacionales y extranjeros con una trayectoria destacada en centros de Investigación y Desarrollo. El presupuesto para la concesión de ayudas es de más de 60 millones de euros. Consulta aquí las bases.
Para ello este programa contempla, de un lado, la concesión de ayudas para la contratación laboral y, de otro, la concesión de ayudas para la creación de puestos de trabajo de carácter permanente para su posterior incorporación en los agentes del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación beneficiarios de estas ayudas. Los candidatos deben cumplir el requisito de ser doctor y haber obtenido el doctorado entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de diciembre de 2016 para el turno de acceso general y para el turno de investigadores RYC-INIA-CCAA; y entre el 1 de enero de 2006 y el 31 de diciembre de 2014 para el turno de acceso de personas con discapacidad igual o superior al 33%. La selección de candidatos y candidatas se fundamenta en proceso de concurrencia competitiva en base a los méritos curriculares y a la experiencia científica y profesional.
La convocatoria incluye un máximo de 200 ayudas de una duración de cinco años para la contratación de doctores por los centros de I+D españoles. Las ayudas, cuya cuantía anual es de 33.720 euros, se destinan a cofinanciar el salario y la cuota empresarial de la Seguridad Social de los investigadores, concediendo además una ayuda adicional de 40.000 euros, a ejecutar durante todo el periodo de ejecución de la ayuda y para cubrir gastos directamente relacionados con las actividades de investigación. Además, hay una ayuda para la creación de puestos de trabajo de carácter permanente por parte de los organismos que consistirá en una dotación de 100.000 euros por cada plaza.
Los beneficiarios de esta convocatoria son los organismos públicos de investigación definidos en el artículo 47 de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Las universidades públicas, sus institutos universitarios, las universidades privadas con capacidad y actividad demostrada en I+D+i, los institutos de investigación sanitaria, centros tecnológicos de ámbito estatal y centros de apoyo a la innovación tecnológica de ámbito estatal. Así como otros centros públicos y privados que tengan el I+D+i como actividad principal.