Tras la reciente aprobación por parte del Consejo de Ministros del Proyecto de Ley de Enseñanzas Artísticas, la Conferencia de Rectores y Rectoras de las Universidades Españolas (CRUE) considera que, en la medida en que se regulan titulaciones a las que se les atribuye un carácter universitario a todos los efectos, “no es aceptable que se establezcan requisitos de exigencia completamente diferentes entre las universidades y los centros no universitarios que imparten enseñanzas artísticas superiores”, según han reflejado en un comunicado emitido al respecto.
En este sentido, recuerdan que en abril de 2023 la Comisión Permanente del Consejo de Universidades emitió “un informe desfavorable” al anteproyecto de Ley de Enseñanzas Artísticas. Tras meses de reajustes y cambios, en el nuevo texto, aprobado el pasado 16 de enero como proyecto de ley por el Consejo de Ministros, se aprecian ahora algunas modificaciones que la CRUE considera “positivas”.
Entre ellas, destacan que se pida el grado de doctor para el cuerpo de Catedráticos de estos centros y se reserve a ellos algunas funciones, como las jefaturas de departamento, y que en el proceso de aprobación del plan de estudios de un grado, cuando antes se decía que “se podrán establecer” acuerdos con ANECA o Agencias para su evaluación, finalmente el texto indique que “se establecerán”.
Puntos polémicos de la Ley de Enseñanzas Artísticas
Aunque el anteproyecto realizó varios cambios que para la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas son positivos, una vez aprobado el proyecto de ley en Consejo de Ministros el texto dispone algunos puntos que, según CRUE, no son acertados. Por ello, de cara a los deseables cambios durante su proceso de tramitación parlamentaria, consideran importante recordar tres claves.
La primera, como indican en su comunicado, es que “las universidades deben cumplir una serie de requisitos de calidad y pasar por procesos de acreditación y verificación de centros y titulaciones establecidos por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad de la Acreditación (ANECA) y agencias autonómicas que determinan su capacitación y acciones de mejora”. Requisito que también deberían cumplir los centros de enseñanzas artísticas, según CRUE.
Asimismo, recalcan que “los estudios universitarios los imparten principalmente profesorado doctor e investigadores/as que deben estar acreditados por ANECA o las agencias autonómicas equivalentes y tienen que refrendar su capacidad formativa cada cinco años, y su capacidad investigadora cada seis años”. Y, por último, subrayan que “el estudiantado que accede a estudios universitarios posee el Bachillerato y debe superar las pruebas de acceso a la universidad”. Así pues, recordando estas tres premisas clave, desde CRUE esperan que se realicen los cambios necesarios durante la tramitación de la Ley de Enseñanzas Artísticas con el fin de poner en igualdad de condiciones a las universidades y los centros no universitarios que imparten enseñanzas artísticas superiores.