Las Universidades, como instituciones activas que forman parte de la sociedad ofrecen regalos como parte de su estrategia de marketing promocional. La regulación de los mismos para atender a su correcto uso es una materia de estudio y análisis que se lleva a cabo por los equipos de protocolo.
Para regular y atender qué se entiende por “regalo” el Grupo de Trabajo de Protocolo y Relaciones Institucionales de la CRUE Universidades Españolas ha elaborado el Informe Regalos protocolarios en las Universidades Españolas. El informe parte de un estudio previo realizado por los responsables de protocolo Elvira Sáez (UAL), Salustiano Martínez (UCA) y Raúl Gómez (UPO).
Con vistas a acercar esta realidad a toda la comunidad universitaria, Raúl Gómez, jefe del Servicio de Protocolo de la Universidad Pablo de Olavide, nos ha atendido para explicarnos las ideas clave de este informe.
Por qué sería importante que las universidades cuenten con un protocolo/normativa de aceptación de regalos?
Más que importante es necesario que las universidades incorporen medidas autoreguladoras acordes con los valores de administración pública ante el vacío legal que existe y establezcan mecanismos de autocontrol para no sobrepasar el limite de lo aceptable y del objetivo que tiene un regalo institucional, que no es otro que el de un detalle de atención social y de cortesía en la estrategia de marketing promocional, ya que, actualmente ese límite es discrecional, y debemos de establecer determinadas normas de compliace.
¿Qué tipo de obsequio nunca se debería entender como un regalo protocolario?
En nuestra opinión, no debe de tener un alto valor monetario que deje al receptor del regalo en una posición de compromiso u obligación. Hay otros aspectos a tener en cuenta como el que nunca se debe de recibir/enviar al domicilio personal del cargo, ni en tramites de negociación y por supuesto nunca un regalo en metálico.
¿Forman parte los regalos protocolarios del capital de la institución?
En relación a los regalos que se reciben, depende de su valor unitario, de la naturaleza del regalo, deben de pasar al inventario de la universidad, estos regalos serían los regalos que no son personalísimos que, no son el típico regalo de merchandaising de la institución emisora. Por ejemplo no tendría sentido que forme parte del capital inventariable de una universidad una botella de aceite de oliva de 250 ml, pero si una estatuilla en plata de un olivo.
En la Clasificación de regalos universitarios a entregar el informe da una serie de costes económico ¿son fijos estos costes? ¿en qué casos podrían ser superior?
No se trata de costes fijos, sino de limitar el gasto unitario para no pasar de un regalo de cortesía a un regalo ostentoso o sospechoso de soborno o malas praxis. Una vez que se apruebe la norma, nunca se debería superar.
Los regalos protocolarios se deben exponer al público ¿cuál sería el mejor lugar para mostrarlos y por qué?
Los regalos que no sean personalísimos o lo que todos entendemos por merchandaising debería de ser expuesto a toda la comunidad universitaria como, por ejemplo, en vitrinas en el hall del rectorado o de algún edificio emblemático de la universidad, sé que es un concepto muy americano tener grandes vitrinas en los pasillos o en el hall, pero creo que es la mejor opción.
«No se trata de no hacer regalos o no aceptarlos, sino de regularlo»
La entrega de regalos protocolarios es un tema de debate que implica a todas las instituciones ¿podría darnos un ejemplo de buen ejercicio de regulación?
El Código deontológico aplicable a miembros del Gobierno, altos cargos y empleados públicos de la Administración de la Xunta de Galicia de 2014, es de las pocas instituciones que tienen una regulación basada en un código ético en el que definen expresamente que se consideran regalos de muestras de cortesía para sus funcionarios y regulan todo tipo de gastos que se pueden definir como regalo institucional, pasando desde las invitaciones, comidas, hospedajes hasta los honorarios que puedan cobrar por presentaciones de ponencias o participación en congresos de sus funcionarios .
En su opinión tras la elaboración del informe ¿las universidades españolas deben mejorar a la hora de regular sus regalos? ¿Cómo?
Ciertamente es necesario porque hay un vacío legal y una obligación como institución pública que somos. Principalmente con normativa que lo regule y con transparencia, cuando hablamos de regalos institucionales todos nos vamos a las noticias, creemos que todas las instituciones regalan bolsos de grandes marcas, viajes, etc, de manera que todas las instituciones estamos bajo sospecha, y no es así. Las Universidades deben recoger bajo códigos éticos, normativas de compliance y de buenas prácticas de gobierno su política de regalos institucionales, en la que deben de incluir las normas relacionadas con los regalos emitidos y recibidos, su registro y control, los precios por valor unitario para no sobrepasar lo que es considerado cortesía, lo que en la antigüedad se llamaba «las xenias», que son obsequios que los altos funcionarios del imperio romano recibían y debían o no aceptar. No se trata de no hacer regalos o no aceptarlos, sino de regularlo.