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20 abril, 2024
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Cómo irte de intercambio a otra universidad española: en dos semanas se abre el plazo

Programa SICUE 2016-2017

Dentro de dos semanas, el miércoles 10 de febrero, se abrirá el plazo para que los estudiantes universitarios puedan presentar su solicitud para el Programa SICUE (Sistema de Intercambio entre Centros Universitarios Españoles) de cara al próximo curso 2016-2017, programa de movilidad nacional puesto en marcha desde el año 2000 por las universidades públicas y privadas españolas que permite que un universitario realice parte de sus estudios en una universidad española distinta a la suya, con garantías plenas de reconocimiento académico, aprovechamiento y adecuación a su perfil curricular. El plazo de solicitudes finalizará el 10 de marzo.

En primer lugar, es importante saber que el Programa SICUE no lleva aparejado en sí mismo ningún tipo de beca. Anteriormente, estaba apoyado por las denominadas becas Séneca del Ministerio de Educación, pero desde el curso 2013-2014 estas becas no han sido convocadas desde el Ministerio, según se informa desde la CRUE Universidades Españolas.

De igual manera, el alumno no puede ir a cualquier otro centro universitario, sino a aquellos con los que su universidad haya firmado previamente un convenio de intercambio. Convenios que las universidades firman por titulaciones y por un determinado número de plazas y periodos. Así, cada año las universidades publican su oferta de plazas SICUE, que pueden consultarse en el siguiente enlace.

No obstante, hasta el próximo 2 de febrero las universidades tienen de plazo para el envío del listado de plazas de cara al próximo curso, el cual “puede diferir con la firma de nuevos acuerdos”, como se señala a Aula Magna desde la Oficina de Relaciones Internacionales de la UCO, que gestiona este programa en esta universidad andaluza.

Requisitos previos

Los universitarios interesados deben presentar sus solicitudes en su propia universidad, a través del sistema informático correspondiente. Para ello, hay que tener superados un mínimo de 45 créditos y estar matriculado en 30 créditos más, sin perjuicio del cumplimiento de la normativa interna de la propia universidad de origen en lo relativo al mínimo de créditos superados para poder optar a una beca de movilidad, en cuyo caso se aplicaría dicha normativa. Este requisito de superación de créditos deberá cumplirse a 30 de septiembre de 2015.

Por lo que respecta a los créditos que hay que matricular para realizar durante el intercambio, la duración de la estancia en la universidad de destino tiene que ser de un mínimo de medio curso y máxima de curso completo, debiéndose cumplir, en cada caso, los siguientes requisitos: para un curso completo, un mínimo de 45 créditos; y para medio curso, un mínimo de 24 créditos.

Ahora bien, si al estudiante interesado le restan para finalizar sus estudios menos créditos que el mínimo exigido, también podrá optar al intercambio si cumple el resto de requisitos.

De igual manera, respecto a asignaturas suspensas y optativas, éstas también se pueden cursar en la universidad de destino. En el caso de suspensas, una como máximo, siempre y cuando no contravenga la normativa interna de la universidad de origen y el coordinador académico de dicha universidad así lo autorice. Y si son optativas, se podrán cursar optativas del plan de estudios de la universidad de destino, no incluidas en el plan de la universidad de origen, incorporándolas posteriormente al expediente del alumno en la universidad de origen también como optativas. El Programa SICUE también permite cursar las prácticas y los proyectos fin de carrera.

Tras la concesión de la plaza

Una vez concedida la plaza de intercambio, el estudiante tiene que cumplimentar otro impreso antes del 15 de septiembre de 2016, en el caso de que el acuerdo de movilidad sea para el primer cuatrimestre o el curso completo; y antes del 30 de septiembre en el caso de movilidad para el segundo cuatrimestre.

En este impreso, sustentado en el acuerdo académico entre la universidad de origen y destino, vendrá recogida la equivalencia o reconocimiento entre las asignaturas matriculadas en la universidad de origen y las asignaturas a cursar durante el intercambio.

Este acuerdo académico es un documento aceptado y consensuado por las tres partes implicadas (alumno y las dos universidades) y tiene carácter oficial de contrato vinculante para los firmantes, pudiendo sólo ser modificado en el plazo de un mes a partir de la incorporación del estudiante al centro de destino.


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