Los Estatutos de la Universidad de Málaga, aprobados por unanimidad en el Claustro del 20 de febrero de 2018, han pasado el filtro del Consejo Consultivo de la Junta de Andalucía, el cual ha señalado entre sus observaciones al texto que este: «realice una última revisión de la redacción del texto y que, en ese sentido y a título de ejemplo, se corrija el uso que se hace continuamente de las terminaciones os/as o similares, repitiendo la misma palabra en su versión masculina y femenina, lo que ha sido catalogado como incorrecto por la Real Academia Española de la Lengua.»
Este desdoblamiento, repartido a lo largo del texto de los Estatutos, estaría a su vez recogido en la Guía Rápida Orientativa para el uso igualitario del lenguaje y de la imagen de la UMA, donde se señala la posibilidad de su uso en textos de larga vigencia (normativa) o discursos, donde podrían entrar los Estatutos. En esta guía se señala además la recomendación del uso de términos genéricos así como los desdoblamientos.
La inclusión de las terminaciones os/as así, como la duplicación de los términos para incluir a ambos géneros respondería a una intención de subrayar la igualdad de género a través de un lenguaje inclusivo. Así, un ejemplo de la repeticiones sería el dispuesto a la hora de presentar la composición de los órganos de Gobierno, donde se presentan los cargos doblando el uso de los artículos y las terminaciones siguiendo la línea de: el/la Rector/a, los/as vicerrectores/as, los decanos/as de facultades…
Unos Estatutos ‘ajustados al ordenamiento jurídico’
En el dictamen de 28 de noviembre, solicitado por la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad, el Consejo Consultivo también ha valorado como los Estatutos de la Universidad de Málaga se ajustan al ordenamiento jurídico, así como respetan el contenido del derecho estatutario a la educación recogido en el artículo 21 del Estatuto de Autonomía, en particular en el apartado 7 del mismo, que dispone que «las universidades públicas de Andalucía garantizarán, en los términos que establezca la ley, el acceso de todos a las mismas en condiciones de igualdad”.
Asimismo, el dictamen del Consejo Consultivo expone la competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía para aprobar la modificación de los Estatutos universitarios malagueños, pues tal y como expone el dictamen, el artículo 53.1.c) del Estatuto de Autonomía andaluz contempla como competencia autonómica exclusiva la relativa a “la aprobación de los estatutos de las universidades públicas y de las normas de organización y funcionamiento de las universidades privadas”.
Siguiendo la jurisprudencia, le corresponde al Consejo de Gobierno aprobar finalmente esta nueva legislación, conforme a lo previsto en el citado artículo 6.2 de la Ley Orgánica de Universidades, donde se establece que «las Universidades públicas se regirán, además, por la Ley de su creación y por sus Estatutos, que serán elaborados por aquéllas y, previo su control de legalidad, aprobados por el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma. Si existieran reparos de legalidad, las Universidades deberán subsanarlos, de acuerdo con el procedimiento previsto en sus Estatutos, y someterlos de nuevo a la aprobación por el Gobierno de la Comunidad Autónoma.»