La Universidad Internacional de Andalucía ha convocado una serie de ayudas extraordinarias para cubrir el alojamiento y manutención del alumnado afectado por la crisis del COVID-19. En concreto estas ayudas están dirigidas a atender a los estudiantes que, debido al Estado de Alarma, no han podido regresar a sus países de origen por el cierre de las fronteras.
La ayuda aprobadas por la UNIA supondrá la prórroga de la ya vinieran disfrutando estos alumnos, con vistas a cubrir sus gastos de alojamiento y manutención, en los términos previstos en la normativa aplicable en la UNIA, desde la finalización de su estancia originalmente prevista en las residencias de la UNIA. En todo caso nunca más allá del 30 de junio de 2020.
Solicitud de las ayudas
El objeto de estas ayudas es auxiliar económicamente a los estudiantes extranjeros, alojados en alguna de las residencias de la UNIA, que encuentren problemas para regularizar su situación administrativa o retornar a sus países de origen como consecuencia de las limitaciones impuestas por el estado de alarma declarado en España.
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los estudiantes de la Universidad Internacional de Andalucía en los que concurran estas circunstancias: Ser ciudadanos de otro Estado, o residentes en uno de éstos. Estar o haber estado matriculados en algún programa formativo de la UNIA en el curso académico 2019-2020. Así como estar alojados, en el momento del inicio del estado de alarma, en alguna residencia de la UNIA.
Además, estar disfrutando de ayudas de alojamiento y manutención concedidas por la UNIA y que además se puedan dar estas tres situaciones: encontrar dificultades para retornar a sus países de origen como consecuencia de la crisis sanitaria global, tener dificultades para encontrar alojamiento alternativo en España o encontrar dificultades para regularizar su situación en España como consecuencia de problemas en la tramitación administrativa de los correspondientes documentos.
Los beneficiarios de estas ayudas extraordinarias tendrán, entre otras obligaciones, la de realizar las actuaciones necesarias para retornar a sus países o regularizar su situación en España. Abandonar la residencia en la fecha indicada en la resolución de concesión, y en todo caso antes del día 30 de junio de 2020.
Por último, deberán poner en conocimiento de la UNIA la obtención de otras ayudas o beneficios con la misma finalidad que la concedida por ésta, procedentes de cualesquiera otras administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, así como cualquier otra alteración de las condiciones tomadas en consideración para la concesión de la correspondiente ayuda.