El Consejo de Gobierno de la Universidad de Córdoba ha aprobado por unanimidad el protocolo para la reincorporación progresiva a la actividad presencial en los centros de la UCO. Se trata de una resolución rectoral por las que se disponen los pasos a seguir para la aplicación de medidas de reincorporación en investigación y en administración, gestión y servicios.
De esta manera, la institución académica sienta las bases para retomar su actividad presencial investigadora y de gestión, priorizando el teletrabajo, en cualquier caso, en el estado de alarma actual. En el ámbito docente, que sigue manteniendo su carácter no presencial, el Consejo ha aprobado asimismo los procedimientos a seguir para evaluaciones síncronas supervisadas. Estas medidas están destinadas al personal de investigación y servicios, quedando terminantemente prohibido el acceso a las instalaciones del alumnado.
Protocolo para la reincorporación progresiva a la actividad presencial
El protocolo aprobado por el Consejo de Gobierno tiene como objetivo fundamental proporcionar a las personas que desarrollan actividad en las instalaciones de la UCO, una serie de medidas para tener en cuenta y así poder evitar el contagio del COVID-19, impedir su propagación y garantizar la seguridad y la salud de todos en los espacios de la UCO, en la medida de lo posible. Para ello, se pretende evaluar el riesgo de exposición al nuevo coronavirus, en base a la información facilitada por las autoridades sanitarias, estableciendo medidas preventivas y la gestión de éstas, ante un escenario de trabajo presencial.
En relación con la gestión del riesgo de exposición al COVID-19, siguiendo las recomendaciones aprobadas por el Gobierno en el actual estado de alarma, la medida preferente para su eliminación es el establecimiento de sistemas teletrabajo, en tanto se mantenga el citado estado. :
Las personas responsables de las distintas unidades deberán llevar a cabo las medidas preventivas que correspondan, respecto al ámbito de responsabilidad, a través de la implantación y aplicación de un plan de trabajo, siguiendo las indicaciones del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales. Para la elaboración del mismo se identificarán a los responsables de su elaboración e implantación, las necesidades de personal que deba prestar servicios presenciales indicando los distintos condicionantes para ello y de las medidas mínimas a implantar. El plan podrá establecer también medidas específicas para ámbitos con características singulares frente a la exposición al coronavirus como los trabajos de investigación o de atención directa al público. El plan además deberá incluir la planificación en la puesta en marcha de las medidas propuestas, así como el control de su ejecución.