Siempre resulta bastante complicado hacer entender a nuestro alumnado las particularidades del Derecho Internacional. La clave es sencilla: no hay que pedir peras al olmo. Más aún cuando alguno de los conflictos eternos, estancados o latentes, se recrudece. Aunque algunos sigan resistiéndose a entender su juridicidad, las violaciones del Derecho Internacional y, concretamente, las del Derecho Internacional Humanitario, están en boca de todos desde hace algunas semanas como si de una nueva artista trap se tratara. Y es que nadie se acuerda de Santa Bárbara hasta que truena. No es que el conflicto palestino-israelí esté poniendo en jaque al Derecho Internacional, sino que, muy al contrario, es el Derecho Internacional el único elemento sólido que nos puede ofrecer certezas ante la barbarie que sucede -desde hace décadas, por cierto- en la llamada Tierra Santa.
Es el Derecho Internacional el único asidero jurídico que nos hace poner nombre a dichas barbaries y que, además, nos permite sancionarlas. Que el Derecho Internacional esté siendo violado cada día intensamente desde los ataques del 7 de octubre pone de manifiesto precisamente la existencia de normas de obligado cumplimiento, al mismo tiempo que se evidencia que éstas se incumplen, al igual que sucede en nuestro derecho interno. O ¿es que alguien se ha pensado que en nuestros centros penitenciarios hay plazas libres, o que nuestros juzgados de lo penal se pasan las horas muertas esperando “clientela”? No, las normas se violan dentro y fuera de nuestras fronteras.
Pero, precisamente, por el impacto que pueden llegar a tener las violaciones del Derecho Internacional es tan relevante su existencia. Tanto es así, que podemos imaginar -porque ya existió- un mundo en el que los líderes políticos, sus ambiciones, su violencia desmedida y su testosterona no esté regulada por normas. En este caso, cualquier tiempo pasado fue mucho peor. Hoy podemos decir alto y claro que la toma de rehenes es un crimen de guerra, y además tenemos diversas herramientas para sancionarlo. Igualmente lo es atentar contra civiles, especialmente si los ataques se dirigen contra colectivos vulnerables como enfermos, niños y niñas o prisioneros de guerra. Todo ataque no justificado por necesidades militares y efectuado a gran escala, ilícita y arbitrariamente es un enorme y deleznable crimen de guerra.
Además, gracias al Derecho Internacional sabemos que ningún Estado se puede amparar en la legítima defensa a cualquier precio: esta debe ser proporcional, debiendo cesar la respuesta inmediatamente para ponerse a disposición del Consejo de Seguridad.
¡Ah! Esperen… me olvide de contarles que también el Derecho Internacional se vale de órganos politizados (¡casualidad! Igual que en los Estados que nos gobiernan) que han privilegiado a una parte sobre otra a lo largo de su historia, que han permitido el aplastamiento literal de un pueblo dentro de su propia tierra, que han permitido la violación masiva e intensa de sus derechos humanos durante décadas y que han negado su derecho a ser un Estado. No se olviden que estamos ante una guerra asimétrica, saquen el metro de medir las violaciones en consecuencia.
Carolina Jiménez Sánchez
Prof. Titular de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales