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25 abril, 2024
Nacional

Las universidades tendrán que detallar en sus másteres si son oficiales o “de formación complementaria”

Real Decreto organización universidades

Los estudiantes universitarios tendrán más información sobre el tipo de máster que desean cursar. Los distintos tipos de titulaciones que ofrecen las universidades españolas estarán más regulados a partir del próximo verano, fecha en la cual el Ministerio de Universidades estima que se publique el nuevo Real Decreto por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y el procedimiento de aseguramiento de su calidad.

En una sesión abierta a los medios de comunicación, el secretario general de Universidades, José Manuel Pingarón ha dado a conocer las líneas generales que desarrolla el futuro Real Decreto, donde además destaca la apuesta por la formación dual, los itinerarios abiertos y la consolidación de los grados en 240 créditos, con la progresiva desaparición de los títulos de 180 créditos. 

Todas estas medidas, responden al “espíritu Bolonia”, con el objetivo de establecer una organización del sistema universitario con un mayor control de la calidad y sustentado en la empleabilidad de los estudiantes. Además, destaca la visión inclusiva, por la que se establece que las Universidades reservarán, al menos, un 5% de las plazas ofertadas en los títulos oficiales de Grado para estudiantes que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%. 

Junto a las nuevas directrices, se suma la propuesta de distribución de los títulos de Grado y Máster siguiendo 25 ámbitos del conocimiento, en vez de las tradicionales cinco ramas. Cabe destacar de estos 25 ámbitos que uno de ellos responde al concepto de “interdisciplinariedad”, donde estarán reflejadas aquellas titulaciones que no entren de forma directa en la distribución, como podría ser el caso de los estudios de género.

José Manuel Pingaron durante la presentación del Real Decreto
José Manuel Pingaron durante la presentación del Real Decreto.

Máster más regulados

El Ministerio de Universidades continúa su línea de trabajo entorno a la acreditación de la calidad de los títulos universitarios. Así, con vistas de dotar de más transparencia, la nueva normativa obligará a las universidades, tanto públicas como privadas, a marcar a los títulos de máster en su nomenclatura como “Máster de formación permanente”.

El tipo de titulaciones que se ubican en estos másteres, también conocidos como ‘títulos propios’, pueden ser impartidos por las propias universidades así como por las instituciones y fundaciones anexas a ellas. Algunos de ellos no requieren titulación previa para cursarlos, algo que deberá recalcarse a la hora de publicitarlos.

Esta medida responde al interés del Ministerio en diferenciar entre aquellos títulos oficiales, que han pasado una serie de acreditaciones y criterios de calidad, a las ofertas formativas propias de cada institución. Además, los títulos de formación permanente deberán superar de forma favorable el informe del sistema interno de garantía de calidad de cada universidad.

De este modo, el Real Decreto diferencia entre los títulos de Máster de Formación Permanente (con una carga de 60, 90 y 120 créditos ECTS), el Diploma de Especialización (con entre 30 y 59 créditos) y el Diploma de Experto (de menos 30 créditos).

Progresiva desaparición de los Grados de 180 créditos

Entre las medidas que propone el borrador del Real Decreto por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y el procedimiento de aseguramiento de su calidad, destaca la consolidación de los planes de estudio de Grado de 240 créditos.

De esta forma, los nuevos títulos que se oferten deberán ser de 240 créditos, con la única excepción de aquellos que por directrices europeas deben ser de 300 o 360 créditos.

Con esta normativa pasan a desaparecer los títulos de 180 créditos, que en el curso pasado representaban tan solo 24 grados de los 3.880 ofertados por el sistema de universidades españolas. Desde el Ministerio se ha subrayado que los alumnos y alumnas que actualmente cursen este tipo de titulaciones tendrán asegurada la finalización de sus estudios, pero que estos deberán desaparecer. Una propuesta que choca de lleno con el borrador del Real Decreto presentado el año pasado, donde sí se consolidaba este tipo de título.

Apuesta por la formación dual

Entre las novedades que presenta el borrador del Real Decreto también se sitúa la inclusión de la Mención Dual en los títulos universitarios. 

Con vistas a incrementar la vinculación entre universidades y empresas (aunque esta posibilidad también está abierta a sindicatos, organizaciones, asociaciones u otro tipo de instituciones), el Ministerio ha regulado una serie de directrices para potenciar los títulos con un fuerte componente práctico. 

Así, el porcentaje de créditos, contemplados en el plan de estudios, que se desarrollen en  empresa o institución para que se opte a la Mención Dual deberá ser:

  • Entre el 20 y el 40% de los créditos, en títulos de Grado.
  • Entre el 25 y el 50% de los créditos en títulos de Máster Universitario.

Cabe destacar que será en los porcentajes de formación en la empresa o institución donde se deberá incluir el trabajo fin de Grado o de Máster.

Este tipo de itinerario formativo estará regulado bajo un contrato laboral cuyo objetivo será el desarrollo de la formación del estudiante.

Para consolidar o crear estas titulaciones de Mención Dual, las universidades deberán firmar previamente un Convenio Marco de Colaboración Educativa. Es este convenio el que aseguraría, bajo el criterio de la universidad, la calidad de la empresa o institución, siendo responsabilidad de la universidad así la formación recibida por los estudiantes.

Cabe destacar que, tal y como señala el borrador del Real Decreto, el número de plazas de3 un título de Grado con Mención Dual no podrá superar en ningún caso el 25% del total, y en el caso de un Máster Universitario éstas no podrán superar en ningún caso el 40%. En ambos casos, el estudiante tendrá la posibilidad de abandonar el itinerario de Mención Dual y continuar el plan de estudios general siempre y cuando no haya superado la mitad de los créditos.

Itinerarios abiertos

Finalmente, entre las nuevas directrices planteadas por el borrador del Real decreto, se encuentra la posibilidad de ofrecer programas de enseñanzas de Grado con itinerario académico abierto para acceder a la Universidad, con el fin de cursar asignaturas de dos o más títulos universitarios oficiales de Grado que pertenezcan al mismo ámbito de conocimiento o a ámbitos del conocimiento afines.

Este tipo de títulos deberán mantener una serie de requisitos, como son tener una carga crediticia máxima de 120 créditos para los títulos de Grado de 240 créditos; contar con el informe favorable del sistema interno de la garantía de la calidad, y ofrecer asignaturas de al menos dos títulos universitarios oficiales de Grado diferentes.

Tal y como especifica el borrador del Real Decreto, las Universidades establecerán un cupo de admisión dentro de cada Grado para el estudiantado que no podrán superar el 10% del límite de plazas de nuevo ingreso más bajo que tuvieran los títulos de Grado incluidos en el itinerario abierto correspondiente.


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