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29 marzo, 2024
AndalucíaCórdoba

Un estudiante de la UCO demanda a la universidad por la posibilidad de videovigilar los exámenes

Un estudiante de la Universidad de Córdoba demanda a la institución por la posibilidad de seguir en vídeo los exámenes online hechos desde casa.

Los sistemas de grabación y videovigilancia vuelven a sustentar la polémica en la universidad. La semana pasada el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Córdoba admitía a tramite una demanda de un estudiante de la Universidad de Córdoba por la posibilidad de videovigilar los exámenes.

Según recoge el auto, el Juzgado ha solicitado a la Universidad de Córdoba la remisión de las actas del Consejo de Gobierno celebrado el pasado 5 de mayo, en el cual se recogería las directrices de evaluación.

Así, la UCO establece en su procedimiento sobre las pruebas síncronas, la posibilidad de visualizar a través de video a los estudiantes mientras hacen el examen. Cabe destacar como la propia institución ha desaconsejado la grabación de las sesiones de videoconferencia, tanto por cuestiones técnicas como de protección de datos.

En una entrevista realizada por Aula Magna, El periódico Universitario a José Carlos Gómez Villamandos, el rector de la UCO, señalaba que “no es necesario grabar, sí poner la cámara, que es distinto para que se visualice al estudiante y se identifique, eso no afecta para nada la intimidad. Recomendamos no grabar e incluso, en aquellos exámenes orales, recomendamos que se reproduzca la situación de un examen presencial oral, es decir , dos profesores y un alumno, con el objeto de que no se grabe. Si se graba hay que guardar esa grabación durante un tiempo relativamente largo, porque es la prueba del examen”.

Desde la institución aclaran que la normativa de la Universidad de Córdoba está avalada por el documento elaborado por el grupo de asesorías jurídicas de CRUE para la evaluación online y por la Agencia Española de Protección de Datos. Asimismo, señalan que la igualdad de oportunidades es para la UCO algo irrenunciable, pues la universidad siempre trata de garantizar la igualdad de oportunidades del alumnado, de la misma manera que los propios estudiantes han denunciado en ocasiones el uso de medios electrónicos de sus propios compañeros. Junto a estas exposiciones, desde la Universidad señalan que no harán más declaraciones debido a que los hechos están en juzgados.

Queja del alumno

La demanda interpuesta por el alumno se basaría en la premisa de que “se viola el derecho a la intimidad del domicilio y que no tiene base legal para hacerse”.

Así, la posible grabación o vigilancia del examen supondría que la Universidad incurriera en un ‘manu militari’ (entrada por la fuerza) en los domicilios de los alumnos. Esta “intrusión” sería una injerencia en la privacidad de los estudiantes, atentando al derecho constitucional (recogido en el artículo 18 de la Constitución Española, sobre la intimidad y la inviolabilidad del domicilio), así como contra el Convenio Europeo de Derechos Humanos.

Siguiendo estas normativas, el estudiante habría solicitado la impugnación de la posibilidad de grabar o vigilar por vídeo los exámenes en los domicilios hasta que haya una sentencia, puesto que, según señala el mismo “sería un perjuicio irreparable sobre la intimidad del domicilio”.


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