Un sueldo mínimo de 16.422 euros anuales para los investigadores con contratos predoctorales. A este acuerdo ha llegado el Consejo de Ministros ha autorizado, a propuesta del Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades, expuesto en el Real Decreto que aprueba el Estatuto del Personal Investigador en Formación (EPIF). La nueva legislación busca regular las condiciones de trabajo de los investigadores predoctorales.
Tal y como señalan desde el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades el EPIF debería haber entrado en vigor en 2014, según está señalado en la Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, motivo por el cual ha sido una de las prioridades del ejecutivo central.
Novedades de los contratos predoctorales
El nuevo contrato EPIF supone un cambio radical y de amplio calado en la concepción que tradicionalmente se ha dado al personal investigador en formación, al preverse una modalidad contractual específica con una duración máxima de cuatro años. De esta forma se elimina cualquier periodo de beca, pasando a ser una contratación laboral desde el inicio de la carrera profesional en la investigación y estableciéndose la modalidad de contratos predoctorales al inicio de la carrera investigadora.
Asimismo, la norma desarrolla la condición de personal investigador predoctoral en formación y el desarrollo del objeto de este contrato, que será la realización simultánea de tareas de investigación en un proyecto específico y novedoso, y el conjunto de actividades integrantes del programa de doctorado conducentes a la adquisición de competencias y habilidades necesarias para la obtención del título universitario oficial de Doctorado. De esta forma, en los contratos predoctorales se mejorarán las condiciones retributivas y de las condiciones de trabajo de muchos jóvenes investigadores, con un salario mínimo superior al que perciben actualmente y otorgar un régimen jurídico adaptado a la realidad de los derechos y obligaciones de los doctorandos. :
Un contrato, que no una beca
Entre las principales novedades que introduce el EPIF destaca el aumento del salario mínimo, que se establece en 16.422 euros anuales. De este modo, la norma señala que la retribución del contrato no podrá ser inferior al 56% del salario fijado para las categorías equivalentes en los convenios colectivos de su ámbito de aplicación durante los dos primeros años, al 60% durante el tercer año, y al 75% durante el cuarto año. Esto se traduce como una comparativa directa con los rangos superiores, es decir los contratados que ya trabajan en las instituciones académicas y de investigación.
Al ser un contrato laboral, la retribución por el trabajo de los investigadores con contratos predoctorales tampoco podrá ser inferior al salario mínimo interprofesional que se establezca cada año. Según establece el EPIF, los nuevos trabajadores pueden sumar a su formación e investigación tareas docentes hasta un máximo de 180 horas durante la extensión del contrato predoctoral, sin que en ningún caso se puedan superar las 60 horas anuales.
En cuanto a la duración del contrato, no podrá ser inferior a un año ni exceder de cuatro años. Cuando el contrato se hubiese concertado por una duración inferior a cuatro años podrá prorrogarse sucesivamente sin que, en ningún caso, las prórrogas puedan tener duración inferior a un año. En el caso de que el contratto se realice con personas con algún tipo de diversidad funcional este podrá alcanzar una duración máxima de seis años, prórrogas incluidas.
Entre las novedades más destacadas se incluye que, en las situaciones de incapacidad temporal, como pueden ser riesgo durante el embarazo o riesgo durante la lactancia natural, maternidad, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento y paternidad, se suspenderá el cómputo de la duración del contrato, por lo que no se descontará este tiempo de la duración total.
Al igual que en las anteriores modalidades de contratación de investigadores predoctorales, la consecución del título de doctorado pone fin al contrato, iniciándose desde ese momento, la etapa postdoctoral.