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26 abril, 2024
Nacional

La Ley de Convivencia Universitaria sancionará con hasta tres años de expulsión de la universidad las novatadas

Ley de convivencia universitaria

El Ministerio de Universidades ha aprobado hoy en Consejo de Ministros la Ley de Convivencia Universitaria. Se trata de un nuevo marco legislativo que viene a sustituir el Decreto de 8 de septiembre de 1954, una normativa franquista que a adía de hoy continuaba regulando el régimen disciplinario para los estudiantes.

Tal y como se ha subrayado en la presentación ante los medios de comunicación, la nueva Ley de Convivencia Universitaria buscar crear un nuevo marco legislativo basado en el diálogo y la mediación. De este modo, presenta como principal herramienta de resolución de conflictos la mediación, un mecanismo en el que tendrán cabida los tres sectores universitario (PDI, PAS y Estudiantes).

De obligado cumplimiento para las Universidades Públicas, el equipo encargado del desarrollo de la norma ha expuesto que se trata de un documento que pretende servir de marco general para que cada una de las instituciones desarrolle sus propias Normas de Convivencia a través de una comisión específica con representación paritaria que fomentará la mediación. Eso sí, la mediación no siempre se podrá llevar a cabo, pues el nuevo marco legislativo establece una serie de sanciones para las distintas infracciones que pudieran darse en las instalaciones universitarias.

Tal y como se señala en la ley, no se podría llevar a cabo la mediación cuando:

  • Alguna de las partes no quiera hacer uso de ella.
  • Se trate de faltas relacionadas con la violencia de género.
  • Se trate de faltas relacionadas con el daño, mutilación o deterioro del patrimonio de la universidad.
  • Se trate de faltas relacionadas con el fraude académico.

En este sentido, destacan como ‘faltas muy graves’, entre otras 11 infracciones la realización de “novatadas o cualesquiera otras conductas o actuaciones de análoga naturaleza, que supongan un grave menoscabo para la dignidad de las personas” así como distintos tipos de plagio. Las sanciones previstas para estas faltas podrían acarrear la expulsión de dos meses hasta tres años de la universidad, así como la pérdida de derechos de matrícula parcial, durante un curso académico.

Tipos de faltas y sanciones recogidas en la Ley de Convivencia Universitaria

La nueva Ley de Convivencia Universitaria divide los tipos de infracciones que pueden realizar los estudiantes en faltas disciplinarias muy graves, graves y leves. Una fórmula que actualiza en régimen disciplinario atendiendo a los criterios de democracia, así como a los derechos y libertades fundamentales. El órgano competente para llevar a cabo las sanciones estará compuesto por miembros de la propia universidad, donde destaca la posibilidad de que el estudiante sancionado pueda estar todo el tiempo acompañado por un alumno o alumna que forme parte de la representación estudiantil. Así, el cuadro de tipos de faltas quedaría de la siguiente forma:

Cabe destacar entre las posibles infracciones la realización de escraches o encierros en las instalaciones universitarias, los cuales se regulan como faltas muy graves (art. 12 h Incumplir las normas de salud pública establecidas para los centros universitarios, sus instalaciones y servicios, poniendo en riesgo a la comunidad universitaria). El cuadro de posibles sanciones sería el siguiente:

Sanciones de la Ley de Convivencia Universitaria

Sanciones de la Ley de Convivencia Universitaria

Tal y como han señalado en su presentación, se espera que este nuevo marco que presenta la Ley de Convivencia Universitaria esté vigente para finales de verano, una vez que haya pasado por el periodo de consulta y sea debatido en las Cortes Generales.


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